El Tribunal
Europeo de Derechos Humanos, sito en Estrasburgo, la más alemana de las
ciudades francesas, ha declarado incompatible con el Convenio Europeo de
Derechos Humanos la aplicación retroactiva de la Ley Orgánica 7/2003, de 30 de
junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las
penas, en lo referente a la rebaja de la condena por beneficios penitenciarios.
A partir la entrada en vigor de la Ley tan civilizado propósito se aplica respecto de cada una de
las penas individualmente y no sobre el máximo legal de años permitido de estancia
en prisión. A la Sentencia del Tribunal
Supremo 197/2006, de 28 de febrero, vulgo “Doctrina Parot”, que consagraba la
retroactividad de su práctica, es a lo que se refiere el dictamen del
Tribunal Europeo.
Del párrafo anterior, para que unos no se pongan estupendos ni otros caigan en la más adusta de las melancolías, hay que fijarse en este sustantivo con su adjetivo: aplicación retroactiva. Eso es lo que ha derogado Estrasburgo: el empleo de la doctrina a los delitos terroristas cometidos con anterioridad a su entrada en vigor. El tribunal centroeuropeo no anula ni el espíritu ni la letra de la Ley Orgánica 7/2003. O para utilizar una expresión de crónica boxística tan cara al periodismo político de hogaño: no la tumba.
Del párrafo anterior, para que unos no se pongan estupendos ni otros caigan en la más adusta de las melancolías, hay que fijarse en este sustantivo con su adjetivo: aplicación retroactiva. Eso es lo que ha derogado Estrasburgo: el empleo de la doctrina a los delitos terroristas cometidos con anterioridad a su entrada en vigor. El tribunal centroeuropeo no anula ni el espíritu ni la letra de la Ley Orgánica 7/2003. O para utilizar una expresión de crónica boxística tan cara al periodismo político de hogaño: no la tumba.
El
problema viene de los complejos que en España la izquierda y la derecha
vegetarianas han tenido ante el nacionalismo y el marxismo. Estas dos
ideologías no reniegan de sus extremismos siempre que el objetivo sea español o
burgués. Échale cuentas si es un español burgués. También los moderados varean de vez en cuando el
nogal. Para que no nos llamen franquistas sigamos empleando el Código Penal franquista de 1973. Los políticos no asumieron su responsabilidad, dejaron que los
tribunales representaran el papel de legislador
y ahora asistimos a estos paseíllos
de lo nauseabundo entre risas y abrazos desde el portón de la cárcel hasta la
puerta de la herriko taberna. Si en su día se hubiera reformado el Código Penal, idóneo para la criminalidad sepia de El Caso, posiblemente el terrorismo etarra no hubiera visto el nuevo
milenio.
NO TIENE USTED UN PELO DE TONTO, DON MELCHORGASPAR.
ResponderEliminarMuchas gracias. Deben ser los polvos de arroz con los que me acicalo la cabellera.
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